Expedición y obtención del DNI electrónico
A continuación presentamos información de interés para usuarios de DNI electrónico. Esta documentación está recogida de diferentes sitios web con el fin de simplificar el acceso a la misma.
A continuación presentamos información de interés para usuarios de DNI electrónico. Esta documentación está recogida de diferentes sitios web con el fin de simplificar el acceso a la misma.
De acuerdo con la legislación vigente, la Dirección General de la Policía (DGP) es la responsable de la expedición del DNI electrónico. La DGP cuenta con 350 Oficinas de Expedición distribuidas a través de todo el territorio nacional.
En marzo de 2006 se abrió en Burgos la primera oficina piloto de implantación del nuevo DNI electrónico.
Actualmente todas las Oficinas de Expedición lo emiten.
Para solicitar la expedición del DNI será imprescindible la presencia física de la persona a quien se vaya a expedir, el abono de la tasa legalmente establecida y la presentación de los siguientes documentos:
En el momento de la solicitud, al interesado se le recogerán las impresiones de las huellas dactilares de los dedos índices de ambas manos.
Se puede solicitar la expedición del nuevo DNIe para sustituir al anterior modelo de documento de identidad, que carecía de certificados electrónicos, previa petición de cita previa por teléfono, o por Internet en esta misma página Web: www.citapreviadnie.es
En caso de robo, extravío, destrucción o deterioro se realizará un duplicado del documento en formato electrónico con igual validez temporal al documento a sustituir siempre que la fecha de caducidad del mismo fuese superior a 90 días, en plazo inferior al indicado se considerará como renovacón normal.
No es posible hacerlo. Es necesario personarse con ellos en la oficina de expedición para la expedición del DNI-e.
El DNI electrónico está implantado en todo el territorio nacional. En el Mapa de Oficinas encontrará una lista de dichos equipos en los cuales podrá realizar la renovación de su DNIe.
El DNIe no puede obtenerse desde el extranjero. Para solicitar su expedición es imprescindible la presencia física de la persona a quien se haya de expedir, en los lugares que dentro del territorio nacional se han determinado por el Ministerio del Interior, en el ejercicio de las competencias que, según lo dispuesto por el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, le son inherentes.
Según el motivo por el que usted deba de renovar el DNI se deben presentar una serie de documento:
Por caducidad:
Por extravío, sustracción o deterioro:
Por cambio de datos:
Por cambio de domicilio:
Los españoles residentes en el extranjero acreditarán el domicilio mediante certificación de la Representación Diplomática o Consular donde estén inscritos como residentes.